La justicia europea ve ilegal la norma española de desahucios

La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Juliane Kokott, ha dictaminado este jueves que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas.

El dictamen de la abogada general responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.

El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

En sus conclusiones presentadas este jueves, la abogada general recuerda en primer lugar que, al no existir en e derecho de la UE una armonización de las medidas de ejecución forzosa, corresponde a los Estados miembros establecer las modalidades procesales.

No obstante, el dictamen precisa que la regulación procesal nacional no puede conducir a que se obstaculice la invocación de los derechos garantizados al consumidor por la directiva europea contra las cláusulas contractuales abusivas.

En este sentido, la abogada general estima que “la regulación procesal española es incompatible con la directiva, pues menoscaba la eficacia de la protección que ésta persigue”.

“No constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato el que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo, y que sólo con posterioridad esté legitimado para ejercitar la acción de daños y perjuicios”, resalta Kokott.

Al contrario, la norma europea exige “que el consumidor disponga de un recurso legal eficaz para demostrar el carácter abusivo de las cláusulas de su contrato de préstamo, merced al cual, si se da el caso, pueda detenerse la ejecución forzosa”.

La abogada general insiste en que el juez debe tener la posibilidad de suspender la ejecución forzosa hasta que se haya comprobado el carácter abusivo de una cláusula contractual, de modo que se impida que el procedimiento ejecutivo cree en perjuicio del consumidor una situación que posteriormente sea de muy difícil o imposible reparación.

El dictamen de la abogada general no tiene carácter vinculante, pero el Tribunal sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en un momento posterio

3 comentarios en “La justicia europea ve ilegal la norma española de desahucios

  1. Es indignante que tenga que haber habido muertes para que se sienten los políticos a negociar una norma tan injusta, conociendo y aceptando de antemano que los bancos son siempre los grandes beneficiarios de esta medida y encima dándoles dinero público. Estamos viviendo en un mundo al revés.

  2. Las leyes están hechas a imagen y semejanza de los poderes fácticos y cualquier gobierno, por muy democrático que sea, claudica ante la presión que estos ejercen. La oligarquía, la banca, la iglesia, son claros ejemplos de estos grupos de presión. No ejercen el poder político, obviamente, pero sus sugerencias son cuidadosamente estudiadas por la clase política gobernante que intentará molestar lo menos posible a estos “cuerpos sin almas”, sabedora de que cualquier paso en falso que atente contra los intereses de estos colectivos puede originar un maremoto de imprevisibles consecuencias. Es vergonzoso que tanto el Gobierno como la oposición se pongan de acuerdo para estudiar la “anacrónica” ley española de desahucios cuando se han producido tres suicidios en poco margen de tiempo. Es de un cinismo vomitivo y falta comprobar el alcance último de las medidas de esa reunión, es decir, si no queda en una pose. Al tiempo. Por otra parte, y dado que vivimos en el país de la picaresca, la, actualización de la referida ley debe hacerse con sumo tacto para evitar que, gente sin escrúpulos, se aproveche de la misma en beneficio propio y deje de pagar la hipoteca, con lo cual se estrangula el sistema financiero, que es el alma de la economía en un pais que se rige por el libre mercado y por la libre competencia y cuyas consecuencias serían desastrosas para el conjunto de la ciudadanía. Vamos a ver qué sale de este parto en cuyo gabinete de estudio debe estar representada la judicatura, que es quien ha dado la voz de alarma y es pieza clave en este contencioso. Hay que tener muy presente, en cualquier caso, que la vivienda es el bien más preciado ante el desamparo del desempleo cuando no hay ingresos recurrentes en la familia y es un bien que hay que salvaguardar por encima de la cuenta de resultados de cualquier entidad financiera.

    Buen fin de semana.

    Martín.

  3. Que bien y que, además, a los tantísimos “ejecutivos” de entidades financieras o bancarias que han afanao pensiones y/o compensaciones de verguenza, cuando hay gente que pasa necesidades, que les quiten lo birlao y al trullo. Saludos.

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