El urbanizador de Marina d’Or Golf recurrirá ante el TS la anulación del PAI por el TSJCV

El PAI más grande de Europa

La empresa atribuye la anulación a un ‘error’ del tribunal valenciano

Fuente: Europa Press

marinadorgolfEl agente urbanizador del Proyecto de Actuación Integrada (PAI) Marina d’Or Golf en Cabanes (Castellón) ha confirmado la presentación ante la sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de la preparación del recurso de casación al Supremo contra la sentencia por la que se anulaba el proyecto, conocido como Mundo Ilusión.

Según ha informado la empresa en un comunicado, el equipo jurídico que ha estudiado la sentencia “ha encontrado hasta diez motivos distintos por los que ésta debería ser revocada” por el Supremo. Así, en el anuncio de interposición del recurso se enumeran estos diez motivos y se identifican las normas reguladoras de la jurisdicción que, a su parecer, se habrían infringido en la sentencia.

La sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV anuló, por errores en la licitación, la resolución de la Comisión Territorial de Urbanismo, de fecha 23 de abril de 2010, por la que se aprobó definitivamente la Homologación y el Plan Parcial Marina d’Or Golf en Cabanes.

Según Marina d’Or, el argumento del tribunal valenciano de la supuesta falta de clasificación como contratista del urbanizador es “un grave error, pues en el expediente judicial hay constancia documental de lo contrario” y en relación a la falta de publicación en el Boletín de las Comunidades Europeas, señala que el PAI aprobado “contemplaba expresamente que esto debía hacerse cuando se hubiera de contratar al empresario constructor”.

Las mismas fuentes han indicado que la Generalitat Valenciana también ha anunciado el recurso de casación, mientras que, por la información de que dispone la empresa, el Ayuntamiento de Cabanes ha decidido no hacerlo.

Al respecto, Marina d’Or ha señalado que la decisión de la alcaldesa, Estrella Borrás, resulta “sorprendente” por cuanto la sentencia “apunta como motivo del fallo a un defecto en la aprobación del programa, que realizó el propio Ayuntamiento, gobernado por el mismo Partido Popular que actualmente gobierna en Cabanes”.

Además, ha recordado que el proyecto “fue respaldado por la inmensa mayoría de los vecinos de Cabanes y el acuerdo aprobatorio recibió el voto favorable de los concejales del PP y del PSOE”.

La empresa señala que, según las fuentes jurídicas que ha consultado, “fue el propio Ayuntamiento de Cabanes el que junto con la Generalitat Valenciana acordó la programación del suelo urbanizable del entorno del parque ‘Mundo Ilusión’ y también el que publicó las bases de programación que regularon el procedimiento de competencia para seleccionar el proyecto más interesante”.

Así, advierte de que “siendo municipal tanto la iniciativa como la aprobación del PAI, la responsabilidad del acuerdo anulado es municipal, y puede considerarse una irresponsabilidad no defenderlo hasta las últimas instancias”.

Las mismas fuentes han calificado de “temeraria” la actuación de la primera edil de Cabanes, “que podría estar anteponiendo sus intereses personales a los intereses del municipio y a la defensa de las actuaciones administrativas del Ayuntamiento que preside”.

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