La justicia de la UE dictamina que la ley hipotecaria contraviene la legislación europea por no permitir la paralización cautelar de los embargos Afecta a los 1.500 procesos abiertos en Castelló
15.03.2013 | 00:00

Las últimas medidas aprobadas por el Gobierno central para frenar este drama social sólo contemplan una moratoria de dos años de los desahucios en los casos más extremos y la Plataforma de Afectados de Castelló pronostica en 2013 una nueva oleada de desalojos por el recrudecimiento de la crisis. De ahí que la sentencia del tribunal europeo pueda suponer un punto de inflexión.
Herminia Montins, portavoz del colectivo de afectados de las hipotecas de Castelló, destacó que se «trata de una esperanza y un paso más para cambiar la ley hipotecaria». El Gobierno se ha negado a aprobar la principal reivindicación de la plataforma como es la dación en pago, pero esta sentencia le obligará a reformar en profundidad la ley hipotecaria.
El fallo subraya que el régimen procesal español es contrario a las normativas europeas, ya que impide que el juez paralice un proceso de ejecución hipotecaria si considera que alguna de las cláusulas del contrato firmado entre el cliente y el banco en cuestión es abusiva. Ahora, la entidad acreedora puede desahuciar a través de un procedimiento acelerado con el impago de sólo una cuota mensual. Luego, el cliente puede solicitar una indemnización por cláusulas abusivas pero a posteriori de perder su casa.
El Tribunal europeo apuntó a «todos los casos en que la ejecución de un inmueble se lleve a cabo antes de que el juez declare abusiva la cláusula contractual en la que se basa la hipoteca y, en consecuencia, la nulidad del procedimiento de ejecución». La sentencia se basa en el caso de Mohamed Aziz, un ciudadano marroquí residente en España que demandó al banco Catalunyacaixa después de ser desahuciado junto a su familia de su vivienda por no pagar los plazos de una hipoteca.