El gran proyecto que el Grupo Marina d’Or quería desarrollar sobre 18 millones de metros cuadrados junto a su actual Ciudad de Vacaciones, en Oropesa del Mar (Castellón) puede irse al traste si el Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano, que acaba de anular el plan parcial Marina d’Or Golf.
Esto supone no solo anular la actuación, sino convertir en rústico el suelo, aunque sendos recursos de la empresa y la Generalitat harán que no sea así hasta que el fallo sea firme.
En cualquier caso, las consecuencias de la sentencia para el grupo de Jesús Ger son muy negativas. En primer lugar, tendrá aún más difícil encontrar un inversor que quiera acometer un proyecto que ascendía a 6.000 millones de euros en 20 años, aunque después se redujo. Constaba de tres campos de golf de 18 hoyos, siete hoteles y numerosas infraestructuras de ocio y comercio, además de 35.000 viviendas.
Hace un mes, el empresario castellonense dijo a los pequeños propietarios del suelo que renunciaba a las 35.000 viviendas para hacer un proyecto solo hotelero y que negociaba con “varios inversores”. En junio de 2012, Ger ofreció a Sheldon Adelson instalar allí Eurovegas, pero el empresario estadounidense lo descartó.
La Generalitat discrepa
El segundo perjuicio para Marina d’Or es la valoración de los 11 millones de metros cuadrados que posee en la zona recalificados como urbanizables en 2010, entre Oropesa del Mar y Cabanes, si se convierten en rústicos. Sus cuentas de 2011 los valoraban en 175 millones.
El recurso de la Generalitat se centra en este punto, ya que, según explicó a elEconomista el director general de Urbanismo, Juan Giner, la anulación del programa de actuación no debe llevar aparejada la del plan parcial, que “se realizó correctamente” y no era el motivo del pleito. Según Giner, la Generalitat llegará al Constitucional o a la justicia europea si el Supremo ratifica el fallo.
El fallo del TSJ es una dificultad inoportuna e imprevista pues tanto el contenido del plan urbanístico como la tramitación del PAI se ha ajustado, escrupulosamente y en todo momento, a lo que establece la normativa urbanística de aplicación.
El TSJ fundamente la sentencia en dos cuestiones, que sólo cabe entender como errores en el estudio del expediente:
– Que la empresa adjudicataria no contaba con la clasificación necesaria para Urbanizador del PAI. Lo cual es completamente erróneo, pues consta en el expediente administrativo justo lo contrario.
– Que el concurso para la adjudicación de la obra no haya sido publicado en el ámbito de la Comunidad Europea. Aún siendo cierto que el Programa se publicó de acuerdo con lo dictado por la LRAU, legislación urbanística vigente, en este caso es particular, los acuerdos aprobatorios contemplaron la exigencia al Urbanizador de publicar la contratación de la obra al Constructor, cuando sea el momento, de acuerdo con las leyes de contratos y directivas europeas.
Por ello, o debe existir dificultad para que el incidente se pueda en breve plazo, y sin necesidad de esperar a que resuelva el Tribunal Supremo. El urbanizador confía en que se encontrarán soluciones para resolver la actual situación y validar el proyecto para que pueda ser una realidad en el plazo previsto.
Por otra parte, la anulación del PAI en ningún caso supone que el suelo pase a ser rústico, por la simple razón de que, en su mayor parte, el suelo era ya suelo urbanizable antes de aprobarse el Plan Parcial, de manera que durante esta situación transitoria conservará su clasificación urbanizable y su edificabilidad.
Hola:
Esperemos que el TSJV publique en CENDO la sentencia en cuestión para poder analizarla y comentarla, si se desea. Saludos.
Parece que la Sentencia va a tardar algo en publicarse en CENDOJ, por lo que si Marina Dor, la publica, mejor. Independientemente del auxilio judicial Supremo si se consigue apoyo social puede ser mas viable un cambio de rumbo. saludos.
Josemari, los apartamentos nos los vendieron con el incentivo del macro-proyecto Marina dÓr Golf. No se trata de pensar en futuras revalorizaciones de llevarse a cabo el mismo, cosa harto improbable en la actual coyuntura económica. Sencillamente nos estamos jugando el futuro de Marina dÓr. Una cosa es la tranquilidad y paz espiritual que uno anhela y encuentra en sus paseos por la orilla del mar, ajeno al mundanal ruido de la ciudad, y otra muy distinta es renunciar al progreso. Ten en cuenta que de no realizarse, al menos en parte, este macro-proyecto, Marina dÓr se constituirá en una ciudad fantasma donde nadie querrá invertir un mísero euro y nos quedaremos aislados como en una reserva india. No nos engañemos, tenemos que agarrarnos al tren del progreso y ser realistas. Románticos y utópicos sí, pero sin renunciar a pragmatismo. Tenemos un aeropuerto sin aviones. No queramos también prescindir de infraestructuras básicas donde ni siquiera podamos disfrutar de una velada amigable en una terraza por falta de aliciente inversor. Y lo digo yo, que compré cinco minutos antes de que explotara la burbuja inmobiliaria (una millonada me costó el apartamento) y es fácil entender que seríade iluso no solo aspirar a rentabilizar mi inversión, sino a recuperarla en parte. Me tendrían que enviar las ganancias al camposanto, pues uno ya pinta canas.
Feliz fin de semana.
Martín.
Posdata: por cierto, qué poco animada está la web últimamente. ¿Tendrá algo que ver con haber endurecido las condiciones de acceso?.
Clarísimo
Pero a nosotros, como propietarios de un apartamento, como usuarios de playa, jardines etc., de verdad nos interesa el macro-proyecto???.
Si pienso en una posible revalorización de los apartamentos, posiblemente Si.
Pero para uso y disfrute nuestro y de nuestros hijos, ¿de verdad nos interesan proyectos tan grandes??.
Al margen de ese macro-proyecto, Marina D’or, va a seguir construyendo algún que otro hotel, (en plan rascacielos). Bueno, me parece bien que sigan invirtiendo en la zona.
Otras opiniones???
Saludos.
Brevísimo: de confirmarse por el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano que acaba de anular el plan parcial Marina dÓr Golf, y no prosperar las distintas instancias adonde quiere llegar la Generalitat (Constitucional o justicia europea inclusive), y siendo un lerdo en la materia, las consecuencias serán pésimas para los intereses turísticos y empresariales de la zona. Como bien explica uno de los apartados del escrito, si ya de por sí es complicado encontrar un inversor en la actual coyuntura, esta sentencia significa la puntilla al macro-proyecto. Como mal menor, esperemos que no prospere la sentencia del Tribunal valenciano. Recemos todos (incluso los agnósticos como yo para que así sea.
Buenos días.
Martín.
Vendría bien una valoración, de las personas que más entiendan en la plataforma-cooperativa
Como propietarios y usurios, de que forma nos puede afectar?
Marina dór, tendrá menos interés en fomentar y conservar, mejorar nuestro entorno?
El macroproyecto, era interesante para los que somos actuales vecinos?
Opiniones a ser posible breves imparciales y documentadas, de todos los usuarios de este foro
Saludos a todos.