El Supremo falla a favor de Marina d´Or tras la demanda de PGP

El TS entiende que el grupo inmobiliario no vulneró el derecho al honor de los demandantes

LVC/EFE CASTELLÓ
El Tribunal Supremo (TS) ha estimado un recurso de Marina D’Or y ha dejado sin efecto la sentencia que condenaba al grupo inmobiliario tras la demanda interpuesta por la empresa PGP por unas declaraciones en prensa sobre el PAI de Cabanes-Orpesa.
El empresario Pedro Gimeno y la sociedad y PGP Asociados presentaron una demanda contra Marina d’Or-Loger por haber publicado en diciembre de 2005, en varios diarios, informaciones que incidían en que “gracias a los poderes fácticos y políticos” de los demandantes se estaba obstaculizando la ejecución del proyecto urbanístico adjudicado a Marina d’Or, perjudicando así económicamente a los municipios de Orpesa y Cabanes, a la provincia de Castelló y a la Comunidad Valenciana, con la finalidad de querer dar un “pelotazo”.
La demanda fue estimada en primera instancia, al considerar el juez que se había dado una información no veraz y se habían utilizado expresiones difamantes, decisión que fue confirmada por la Audiencia Provincial, que redujo la cuantía de la indemnización.
Ahora, el Tribunal Supremo, en una sentencia, estima parcialmente el recurso formulado por Marina d’Or contra las acusaciones de que había vulnerado el derecho al honor. La resolución ha tenido en cuenta que el interés informativo de la información que se publicó es alto y “el elemento preponderante es el de expresión, por lo que la veracidad no es elemento a valorar”. Asimismo, estima que “no existen frases injuriosas y desproporcionadas con el contexto al ser imputaciones genéricas y, sin que el término pelotazo, en el contexto valorativo en el que se inserta, pueda considerarse desproporcionado”.

Libertad de expresión
Por todo ello, el tribunal concluye que “la prevalencia de la libertad de expresión y de información en un Estado democrático de Derecho ha de ser mantenida en el presente caso al haberse ejercitado estos derechos de forma legítima”. El fallo estima el recurso de apelación de Marina d’Or y revoca la resolución recurrida al rechazar la demanda interpuesta por el empresario y la mercantil contra Marina d’Or.

el levante

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.